La regulación de la imprescriptibilidad de la acción de nulidad contra los contratos traslativos de dominio en el ordenamiento jurídico civil peruano

Descripción del Articulo

Mediante la presente tesis de investigación, se ha planteado el objetivo general de determinar si se debería regular la imprescriptibilidad de la acción de nulidad en los contratos traslativos de dominio en la legislación peruana. Para ello, se explica la naturaleza de las acciones de mera declaraci...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Ricser Esquivel, Luis Diego, Salinas Quispe, Ambar Lucero
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2022
Institución:Universidad Nacional del Santa
Repositorio:UNS - Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uns.edu.pe:20.500.14278/3961
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.14278/3961
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Acción de nulidad
Prescripción extintiva
Nulidad
Inexistencia
Justicia material
Descripción
Sumario:Mediante la presente tesis de investigación, se ha planteado el objetivo general de determinar si se debería regular la imprescriptibilidad de la acción de nulidad en los contratos traslativos de dominio en la legislación peruana. Para ello, se explica la naturaleza de las acciones de mera declaración, de la prescripción extintiva y de la inexistencia y nulidad en sentido estricto. Así también, explicar el vicio grave de nulidad en los negocios impugnados que se evidencia en la casuística. Además, la incidencia en la praxis judicial de la imprescriptibilidad pese a no existir una regulación que la permita pero que a través del principio de justicia material se apuesta por inaplicar el artículo 2001 inciso 1 del Código Civil. Finalmente, explicar cómo es que la usucapión no es un argumento oponible a la regulación de la imprescriptibilidad de la acción de nulidad. El desarrollo de la investigación permitió obtener el resultado de que los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia del Santa detectaron adecuadamente los vicios graves de nulidad en los negocios impugnados que calificaron de inexistentes, en algunos casos, y de ilícitos, en otros. Así también, que la Corte Suprema ha emitido una sentencia casatoria que constituye un atisbo para empezar a repensar en la prescripción de la acción de nulidad. Además, se obtuvieron como resultados que la acción de nulidad es una acción de mera declaración y como tal no sujeta a plazo de prescripción y que la prescripción extintiva que si bien brinda seguridad jurídica no es una cuestión de orden público que se sobreponga sobre el interés público que contiene la acción de nulidad.
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