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Improcedencia de reducción de pena en conclusión anticipada por delito previsto en el artículo 183 del Código Penal y el populismo punitivo

Descripción del Articulo

El populismo punitivo es un fenómeno que corrompe la política criminal de un Estado bajo la premisa que las penas drásticas disminuirán el índice delictivo. Detrás de dicha posición existe un trasfondo negativo para un Estado de derecho: la aparición de una criminología mediática, instrumentalizació...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Mamani Arenas, Roger Fabian
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2025
Institución:Universidad Nacional de San Agustín
Repositorio:UNSA-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.unsa.edu.pe:20.500.12773/19936
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12773/19936
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Populismo punitivo
Reducción de pena por conclusión anticipada
Artículo 183 del Código Penal Peruano
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:El populismo punitivo es un fenómeno que corrompe la política criminal de un Estado bajo la premisa que las penas drásticas disminuirán el índice delictivo. Detrás de dicha posición existe un trasfondo negativo para un Estado de derecho: la aparición de una criminología mediática, instrumentalización de la víctima, agentes políticos en busca de beneficios electorales y empobrecimiento del debate parlamentario. La actividad parlamentaria de nuestro país no ha podido contener la fuerza corruptora de este fenómeno; lo cual no es un problema menor para los derechos y garantías de la sociedad ante el excesivo uso del poder coercitivo del Estado. El 19 de mayo del 2019 se publicó la Ley N.° 30963 que, dentro de algunas modificatorias, prohíbe la reducción de pena en conclusión anticipada por una serie de delitos dentro de los cuales se encuentra el artículo 183 del Código Penal. Ante ello, la hipótesis de esta investigación es que, la ley en mención, que prohíbe la reducción de pena en conclusión anticipada por el delito previsto en el artículo 183 del Código Penal, no ha sido fundamentada razonablemente y es probable que sea una manifestación del populismo punitivo. Para tal fin, luego de un estudio dogmático del populismo punitivo, del fundamento de reducción de pena de la conclusión anticipada y del delito previsto en el artículo 183 del CP, además, de recurrir a documentos del proceso legislativo de la ley en mención y sus antecedentes, análisis de pronunciamientos de la Corte Suprema de Justicia de la República y del Tribunal Constitucional; se llega a la conclusión de que la Ley N.° 30963 no ha sido fundamentada razonadamente y es una manifestación del populismo punitivo.
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