Conclusión de arrendamiento de duración determinada en el Código Civil de 1984 y el desalojo de inmuebles: problemas actuales y propuestas de reforma

Descripción del Articulo

La presente tesis se ha desarrollado en base al análisis jurídico de la normativa civil y procesal civil que regulan tanto el momento de la conclusión del arrendamiento de duración determinada, como la continuación del arrendamiento con plazo vencido, y el desalojo de inmuebles por vencimiento de di...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Chauca Herrera, Maria Cecilia
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2023
Institución:Universidad Femenina del Sagrado Corazón
Repositorio:UNIFE - Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.unife.edu.pe:20.500.11955/1129
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.11955/1129
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Arrendamiento
Desahucio
Derecho--Tesis
Leases
Eviction
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:La presente tesis se ha desarrollado en base al análisis jurídico de la normativa civil y procesal civil que regulan tanto el momento de la conclusión del arrendamiento de duración determinada, como la continuación del arrendamiento con plazo vencido, y el desalojo de inmuebles por vencimiento de dicho plazo. Aplicando los métodos de interpretación analítico y sistemático a la normativa civil y procesal civil que regulan los temas antes mencionados, se ha podido determinar la incorrecta interpretación que a nivel procesal se le ha dispensado tanto al artículo 1700 del Código Civil, que regula la continuación de un arrendamiento concluido, como a la remisión de una carta notarial al arrendatario que se mantiene en uso del inmueble, requiriéndole la restitución del mismo, que según el IV Pleno Casatorio Civil, convierte una posesión inmediata en una posesión precaria, asumiendo por ello -los operadores judiciales-, que el ex arrendatario convertido en precario solo puede ser demandado por dicha causal. Por lo antes expuesto y en tanto no se derogue dicho artículo 1700 del Código Civil, urge que la Corte Suprema en nuevo Pleno Casatorio Civil, aplicando los métodos de interpretación antes citados, modifique dicha interpretación, estableciendo que el único efecto que produce el artículo 1700 mencionado, es convertir un arrendamiento de duración determinada en uno de duración indeterminada, al que se le pone fin desde la remisión de una carta notarial, siendo la causal de desalojo por vencimiento de plazo, la única que corresponde.
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