Los gastos de responsabilidad social empresarial y su incorporación en el Artículo 37 ° del T.U.O de la Ley del Impuesto a la Renta

Descripción del Articulo

El presente trabajo de investigación se realizó con la finalidad de demostrar que la imprecisión en el contenido del Articulo 37° del Texto Único Ordenado de la ley del Impuesto a la Renta restrigue la deducción de los gastos de Responsabilidad Social Empresarial(GRSE) en la delerminación de| Impues...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autores: Benites Paniagua, Lisbert Kevelin, Madrid Mascaró, Luis Jesús
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2015
Institución:Universidad Nacional del Callao
Repositorio:UNAC-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.unac.edu.pe:20.500.12952/1515
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12952/1515
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Impuesto a la Renta
Responsabilidad social empresarial
Gastos
Artículo 37° del T.U.O - Ley del Impuesto a la Renta
Descripción
Sumario:El presente trabajo de investigación se realizó con la finalidad de demostrar que la imprecisión en el contenido del Articulo 37° del Texto Único Ordenado de la ley del Impuesto a la Renta restrigue la deducción de los gastos de Responsabilidad Social Empresarial(GRSE) en la delerminación de| Impuesto a la Renta de las empresas Mineras, a pesar de que dichos gastos deben ser deducibles de| impuesto a la renta empresarial porque son necesarios para el mantenimiento de la fuente generadora de renta, cumpliendo el principio de causalidad que es recogido en el Articulo 37° del presente cuerpo normativo y que hasta el momento son considerados por la Administración Tributaria como simples Iiberalidades, ya que su motivación o razón no necesariamente es por una obligación legal sino por una necesidad o responsabilidad empresarial.
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