Divorcio Por Causal Expediente Civil N° 183506-2001

Descripción del Articulo

Sobre el trabajo realizado se indica que la señora AMELIA MARINA GARCIA CRUZ después de estar separada de cuerpo por varios años y que es imposible una reconciliación conyugal con el esposo; JOSE TEOFILO GALEANO REJAS, con fecha 26 de agosto del 2001 interpone demanda de divorcio por causal de separ...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Asurza Estrada, Ana Maria
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2019
Institución:Universidad Peruana de Las Américas
Repositorio:ULASAMERICAS-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:192.168.10.17:upa/675
Enlace del recurso:http://repositorio.ulasamericas.edu.pe/handle/upa/675
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:sentencia
Descripción
Sumario:Sobre el trabajo realizado se indica que la señora AMELIA MARINA GARCIA CRUZ después de estar separada de cuerpo por varios años y que es imposible una reconciliación conyugal con el esposo; JOSE TEOFILO GALEANO REJAS, con fecha 26 de agosto del 2001 interpone demanda de divorcio por causal de separación de hecho y la liquidación de la sociedad de gananciales del único bien inmueble que adquirieron durante el régimen matrimonial. Solicitando se declare la separación de cuerpos y por consiguiente disuelto el vínculo matrimonial. Es por ello que, el señor José Teófilo Galeano Rejas, el demando contesta y contradice la demanda manifestando que no existe conexión lógica entre el petitorio y los hechos solicitando se declare improcedente; menciono las instancias que se llegó en el proceso: PRIMERA INSTANCIA. - “Fundada la demanda primera Sentencia se declara Procedente la Demanda es decir, el Juez declaró Disuelto el vínculo matrimonial contraído por doña Amelia Marina García Cruz y don José Teófilo Galiano Rejas el 23 de mayo 1972 por ante el Concejo Distrital de Jesús María y fenecida la sociedad conyugal se dispone 50% de las acciones y derechos a favor de cada cónyuge. SEGUNDA INSTANCIA. - “Se apela y Confirma la sentencia que declara fundada lo que indico la primera instancia” CORTE SUPREMA. - “Casar la Sentencia Declarar Nula y sin efecto la Sentencia de la Corte Superior y Revocaron la Sentencia Apelada y reformándola la declararon infundada”. v En la investigación realizada estoy de acuerdo con la sentencia de la corte suprema ya que actuó como sede de instancia , por existir incompatibilidad de leyes y en observancia del principio de legalidad ya que se le da la razón al señor José Teófilo Galiano Rejas.
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