Trabajo De Suficiencia Profesional Expediente Civil N° 14446-2012 “Desalojo Por Ocupante Precario”
Descripción del Articulo
El actual resumen tiene como finalidad, realizar una síntesis del Expediente Civil N° 14446-2012, que tiene relación con la demanda de desalojo por ocupante precario, interpuesta por Jaime Ernesto Rodriguez Nuñez, representado por su apoderada doña Lisbeth Luna Sánchez, frente al 28° Juzgado Especia...
Autor: | |
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Formato: | tesis de grado |
Fecha de Publicación: | 2020 |
Institución: | Universidad Peruana de Las Américas |
Repositorio: | ULASAMERICAS-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:192.168.10.17:upa/876 |
Enlace del recurso: | http://repositorio.ulasamericas.edu.pe/handle/upa/876 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Derecho Civil Derecho Procesal Civil Derechos Reales Desalojo por ocupante precario Derecho Penal Derecho Procesal Penal Violación sexual de persona en incapacidad de resistencia |
Sumario: | El actual resumen tiene como finalidad, realizar una síntesis del Expediente Civil N° 14446-2012, que tiene relación con la demanda de desalojo por ocupante precario, interpuesta por Jaime Ernesto Rodriguez Nuñez, representado por su apoderada doña Lisbeth Luna Sánchez, frente al 28° Juzgado Especializado en lo Civil de Lima, con Rosa Jesús Bravo Tavara, con el objetivo que se le devuelva el predio de su titularidad, ubicado en Prolongación Cusco N° 1013, Tercer Piso, Distrito de San Miguel. Se verificó que el trámite del proceso sumarísimo, se inició el 02 de agosto del año 2012, con la postulación de la demanda y terminó el 09 de octubre del año 2018, con el fallo de la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, que declaró improcedente el recurso de casación, proceso que se desarrolló en forma regular, con algunas observaciones, conforme se detalla en el presente trabajo de investigación. Finalmente al término del proceso, la demanda incoada por Jaime Ernesto Rodriguez Nuñez, representado por su apoderada doña Lisbeth Luna Sánchez, fue declarada fundada, al haberse efectuado una correcta interpretación del artículo 911 del Código Civil, en consecuencia, la demandada Rosa Jesús Bravo Tavara, continuaría en la posesión del inmueble en litigio en calidad de precaria por un plazo máximo de seis días al amparo del artículo 594 del Código Procesal Civil, hasta que se cumplan con la restitución del mismo con arreglo a ley. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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