Calidad de sentencias de primera y segunda instancia sobre obligación de dar suma de dinero; expediente N° 00182-2016-0-2402-JP-CI-01; distrito judicial de Ucayali – Pucallpa. 2022

Descripción del Articulo

El objetivo de la investigación fue: Determinar la calidad de las sentencias de primera y segunda instancia sobre obligación de dar suma de dinero, según los parámetros normativos, doctrinarios y jurisprudencia pertinentes, en el expediente N° 00182- 2016-0-2402-JP-CI-01, del Distrito Judicial de Uc...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Gonzales Gonzales, Lucy Amparo
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2023
Institución:Universidad Católica los Ángeles de Chimbote
Repositorio:ULADECH-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uladech.edu.pe:20.500.13032/32300
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.13032/32300
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Calidad
Motivación
Obligación de dar suma de dinero
Sentencia.
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:El objetivo de la investigación fue: Determinar la calidad de las sentencias de primera y segunda instancia sobre obligación de dar suma de dinero, según los parámetros normativos, doctrinarios y jurisprudencia pertinentes, en el expediente N° 00182- 2016-0-2402-JP-CI-01, del Distrito Judicial de Ucayali – Pucallpa. 2022. La investigación es de nivel exploratorio descriptivo, y diseño no experimental, retrospectivo y transversal. El método de selección de la unidad de análisis (expediente judicial) es muestreo por conveniencia. En la recolección de datos se aplicaron: la observación, el análisis de contenido y una lista de cotejo validada por expertos. Los resultados parciales que comprenden la parte expositiva, considerativa y resolutiva, de la primera revelan son de rango: muy alta, muy baja y mediana. Mientras que, de la segunda sentencia: muy alta, respectivamente. En primera instancia se declaró fundada la demanda: sobre obligación de dar suma de dinero; y en segunda instancia se revocó y se declaró: Infundada por no haber medio probatorio respecto al pago. En conclusión, la calidad de las sentencias de primera y segunda instancia son de rango: mediana y muy alta; respectivamente.
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