El acceso a la información y el derecho a la intimidad personal en la demanda de Habeas Data en el periodo 1998-2016

Descripción del Articulo

Probar que, existe relación directa entre acceso a la información pública y el derecho a la intimidad personal en las sentencias del TC en demanda de PHD en el Perú 1998- 2016. Es una tesis de tipo básica. de diseño no experimental. Se consideró el enfoque cuantitativo Población y muestra. Son 98 Se...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Apaza Jilaja, Elizabeth Virginia
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2023
Institución:Universidad José Carlos Mariátegui
Repositorio:UJCM-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ujcm.edu.pe:20.500.12819/1788
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12819/1788
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Acceso a la información
habeas data
sentencias fundadas
http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:Probar que, existe relación directa entre acceso a la información pública y el derecho a la intimidad personal en las sentencias del TC en demanda de PHD en el Perú 1998- 2016. Es una tesis de tipo básica. de diseño no experimental. Se consideró el enfoque cuantitativo Población y muestra. Son 98 Sentencias de Hábeas Data emitidas por el Tribunal Constitucional, que fueron elevados por distintas Cortes Superiores de Justicia del Perú, relacionados con respecto a libertad de Información y vinculados a la protección al derecho a la Intimidad. Con una muestra de 98 expedientes de Habeas data. 59 de acceso a la información pública y 17 de autodeterminación informativa. De acuerdo a la data presentada entre los años 1998 hasta el 2016 se puede colegir que hay relación directa y alta con un Rho de Pearson de 95.6% entre las demandas de habeas data y el derecho a la intimidad personal, de 92.4% entre acceso a la información e intimidad personal y de 86.1% entre autodeterminación informativa e intimidad personal. Se debe decir que, de 78% demandas de acceso a la información pública y autodeterminación informativa fueron declaradas fundadas. Pese a las respuestas de los emplazados que se lesionaba la intimidad personal, que no se había agotado la vía previa, o que simplemente no se contaban con los documentos, el TC declaro que se debía entregar lo peticionado por el recurrente, por lo mismo que no lesionaba la intimidad de las personas en lo solicitado. Se observa que el 44% de las demandas de PHD provienen de Lima, un 10% de La Libertad, un 8% de Lambayeque y un 5% de Arequipa y con ello se tiene un 67% de los casos. Las demandas en casi un 80% son por acceso a la información. Así mismo las demandas en un 58% son a entidades públicas y un 42% a entidades privadas.
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