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La ausencia de Tipificación de la Violencia Económica y/o Patrimonial como delito y la afectación a una Vida Libre de Violencia

Descripción del Articulo

El presente trabajo de investigación tiene como propósito determinar en qué medida la ausencia de tipificación de la violencia económica y/o patrimonial en nuestro Código Penal constituye una afectación al Derecho que tiene una mujer y/o los integrantes del grupo familiar a gozar de una existencia e...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Soto Quispe, Jackeline Rosmery
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2024
Institución:Universidad Inca Garcilaso de la Vega
Repositorio:UIGV-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uigv.edu.pe:20.500.11818/8333
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.11818/8333
Nivel de acceso:acceso embargado
Materia:violencia económica y/o patrimonial
delito
tipificación
derecho a una vida libre de violencia
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:El presente trabajo de investigación tiene como propósito determinar en qué medida la ausencia de tipificación de la violencia económica y/o patrimonial en nuestro Código Penal constituye una afectación al Derecho que tiene una mujer y/o los integrantes del grupo familiar a gozar de una existencia exenta de violencia. La metodología usada se basó en recabar información en materia de violencia económica y/o patrimonial, su ausencia de tipificación como delito y la afectación a una vida libre de violencia en nuestra normativa jurídica y en la legislación comparada. Las técnicas e instrumentos que se manejaron para el acopio de datos fueron tanto el análisis documental como el análisis de contenido, recabándose información relevante mediante bibliotecas especializadas donde se analizó artículos de revistas, textos, informes, tesis y otras publicaciones sobre el tema de investigación. Como resultado se logró determinar que los afectados por este modo de violencia se hallan desprotegidos frente a esta forma de violencia dado al vacío normativo jurídico en el Código Penal como delito. Sobre esa base se concluyó que este modo de violencia es toda conducta u omisión tendiente a interferir en los bienes financieros y/o patrimoniales de la mujer o algún miembro del grupo familiar; siendo que, a pesar de estar descrito en la Ley N° 30364, no se encuentra tipificado como delito, como si están los otros tipos de violencia, trayendo como consecuencia que jueces y fiscales no cuenten con herramientas jurídicas para encuadrar estos hechos dentro de un determinado tipo penal, quedando impune estos actos generando una grave vulneración a las prerrogativas de las víctimas de poder gozar una vida exenta de violencia y subsistir libre de toda dominación, estereotipos o humillaciones.
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