Necesidad de regular la suspensión sui generis en el Código Penal Militar Policial, 2021

Descripción del Articulo

El presente trabajo de investigación, estuvo orientado a determinar la necesidad que existe de regular la suspensión sui generis en el Código Penal Militar Policial, en los procesos llevados a cabo en el Fuero Militar Policial, así como analizar de qué manera la acción penal prescribe según lo regul...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Villar Luna, Cristal Nathalie
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2021
Institución:Universidad Cesar Vallejo
Repositorio:UCV-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/73001
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12692/73001
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Código penal
Derecho procesal penal - Perú
Justicia
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.02
Descripción
Sumario:El presente trabajo de investigación, estuvo orientado a determinar la necesidad que existe de regular la suspensión sui generis en el Código Penal Militar Policial, en los procesos llevados a cabo en el Fuero Militar Policial, así como analizar de qué manera la acción penal prescribe según lo regulado en el Código Penal Militar Policial y de qué manera el plazo prescriptorio influye en la labor judicial y fiscal en la jurisdicción militar policial. Asimismo, está desarrollada bajo el enfoque cualitativo, tipo de investigación básica, cuyo escenario de estudio es el Fuero Militar Policial, los participantes fueron tres expertos del Derecho Penal Militar Policial, entre Relatores, Secretarios Judiciales y abogados especialistas en la materia, se empleó como técnica la entrevista. Obteniéndose como resultado, tras dicha investigación, que la Formalización de la investigación Preparatoria según el Código Penal Militar Policial, no suspende el plazo de prescripción, encontrándose regulado el plazo de la prescripción desde la consumación del delito, lo cual influye en la labor judicial y fiscal dentro de la jurisdicción militar policial. Concluyendo finalmente en que existe la necesidad de regular la suspensión sui generis en el Código Penal Militar Policial.
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