Fundamentos jurídicos para reconocer la revocatoria de la pena suspendida por comisión de delito culposo en el Código Penal peruano

Descripción del Articulo

Esta investigación ha tenido por objetivo analizar los fundamentos jurídicos para revocar la condena suspendida por la comisión de un tipo penal culposo en el Código Penal peruano, debido a que el artículo sesenta de la norma penal, prescribe que el titular de la acción penal puede solicitar revocar...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Jaimes Perez, Wilfredo Kalehd, Yaury Aranibar, Carlos Antonio
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2022
Institución:Universidad Cesar Vallejo
Repositorio:UCV-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/102885
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12692/102885
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Delitos
Pena (Derecho penal)
Delitos - Derecho y legislación
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:Esta investigación ha tenido por objetivo analizar los fundamentos jurídicos para revocar la condena suspendida por la comisión de un tipo penal culposo en el Código Penal peruano, debido a que el artículo sesenta de la norma penal, prescribe que el titular de la acción penal puede solicitar revocar la condena suspendida sólo por delito doloso. Sin embargo, no señala que sea por la comisión de delitos culposos (como comúnmente ocurre). Y con ello el sentenciado comete delito culposo y la norma no lo castiga. La metodología empleada para esta investigación, ha sido cualitativa, toda vez que describió la problemática de la falta de tipificación de la revocación de la condena por delito culposo, y luego se propuso que la revocación de la condena también sea por delitos culposos. El resultado de esta investigación nos ayudó a demostrar que a la actualidad los sentenciados con condena suspendida no comprenden la finalidad de la pena que es la prevención de nuevos delitos y con ello que no se cometan otros delitos luego de la sentencia, Se concluye que los sentenciados que vuelven a cometer delito culposo no se les puede revocar la condena por vacío legal.
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