Análisis de la ley del impuesto a la renta en la provisión del servicio de capacidad satelital en el Perú

Descripción del Articulo

La presente investigación tuvo el propósito de determinar si la provisión del servicio de capacidad satelital está sujeta de gravamen de acuerdo a lo establecido en la Ley del Impuesto a la Renta, debido a la problemática que afrontan las entidades del estado con los contribuyentes que ejercen y nec...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Villalobos Paredes, Andrés Jesús
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2020
Institución:Universidad Cesar Vallejo
Repositorio:UCV-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/59231
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12692/59231
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Administración tributaria - Perú
Impuesto a la renta - Derecho y legislación - Perú
Telecomunicaciones - Derecho y legislación - Perú
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:La presente investigación tuvo el propósito de determinar si la provisión del servicio de capacidad satelital está sujeta de gravamen de acuerdo a lo establecido en la Ley del Impuesto a la Renta, debido a la problemática que afrontan las entidades del estado con los contribuyentes que ejercen y necesitan de esta actividad para brindar un mejor servicio. Por ello se realizó un análisis focalizado en la normativa legal que faculta a la Administración Tributaria a aplicar los gravamen de acuerdo a Ley, en busca de que todas la actividades reciban el mismo trato en la afectación de la renta y que otras empresas con similares actividades no se beneficien con esta mala interpretación de la norma, que de entender mejor, se estaría evadiendo impuestos y sería un problema aún mayor. En esta indagación se empleó el enfoque cualitativo, tipo básico, diseño de teoría fundamenta, obteniendo los resultados y conclusión mediante la recopilación de las guías de entrevistas desarrolladas por especialistas en la materia, siendo respaldadas por las fuentes de análisis documental, determinando que la Ley del Impuesto a la Renta si faculta a la administración tributaria a gravar con el tributo correspondiente a esta actividad, promoviendo que el tercero no domiciliado cumpla con el abono correspondiente en favor del estado y que las entidades que tengan iguales o similares actividades cumplan con tributar lo que es debido.
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