La existencia de vías procedimentales específicas igualmente satisfactorias como causal de improcedencia del proceso de amparo en el Perú
Descripción del Articulo
La presente investigación es de tipo cualitativa - descriptivo, no - experimental. La muestra fue hecha a ciento cuarenta y dos personas entre abogados litigantes, magistrados y catedráticos que desempeñan actividades jurídicas en el Distrito Judicial de Lima. El universo estuvo conformado por aboga...
Autor: | |
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Formato: | tesis de grado |
Fecha de Publicación: | 2013 |
Institución: | Universidad Cesar Vallejo |
Repositorio: | UCV-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/121201 |
Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.12692/121201 |
Nivel de acceso: | acceso embargado |
Materia: | Derecho procesal constitucional Acción de amparo Amparo residual https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
Sumario: | La presente investigación es de tipo cualitativa - descriptivo, no - experimental. La muestra fue hecha a ciento cuarenta y dos personas entre abogados litigantes, magistrados y catedráticos que desempeñan actividades jurídicas en el Distrito Judicial de Lima. El universo estuvo conformado por abogados especialistas en Derecho Constitucional, Catedráticos del curso de Procesal Constitucional y de Magistrados especialistas en temas Constitucionales, que estén desempeñando actividades en el Distrito Judicial de Lima. Se realizó el análisis correspondiente a lo establecido en el inciso 2) del Código Procesal Constitucional, que establece como causal de improcedencia liminar de una demanda de amparo, la existencia de vías procedimentales específicas igualmente satisfactorias a un proceso constitucional, y lo que realmente se debe entender por ello, teniendo cuidado de no causar perjuicio o vulneración de los Derechos Constitucionales como la tutela jurisdiccional efectiva y el debido proceso. En este sentido, desde un análisis constitucional podemos apreciar que lo resuelto por el Tribunal Constitucional en el caso del Sr. César Antonio Baylón Flores (Exp. N. º 206-2005-AA/TC), resulta insuficiente y perjudicial en el sentido que establece un margen de admisibilidad de los Procesos Constitucionales, en este caso al Proceso de Amparo, dejando parámetros que no permiten que se admita a trámite una demanda de Amparo, en procesos que ante la demora podrían ver su afectación como irremediable, y de ese modo, no cumplir con la finalidad de los Procesos Constitucionales. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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