La adjudicación de plaza según convenio colectivo laboral por jubilación o muerte de servidor municipal y la meritocracia, Paita 2024

Descripción del Articulo

La investigación aportó al Objetivo de Desarrollo Sostenible: “la paz, justicia e instituciones sólidas”. Su objetivo general fue “Analizar la adjudicación de plaza según convenio colectivo laboral por jubilación o muerte de servidor municipal y la meritocracia”, y como objetivos específicos: Identi...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Aguirre Urdaniga, Cristian Robert, Neyra Mendoza, Lindsay Solange
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2025
Institución:Universidad Cesar Vallejo
Repositorio:UCV-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/172773
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12692/172773
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Adjudicación
Obrero
Convenio colectivo
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:La investigación aportó al Objetivo de Desarrollo Sostenible: “la paz, justicia e instituciones sólidas”. Su objetivo general fue “Analizar la adjudicación de plaza según convenio colectivo laboral por jubilación o muerte de servidor municipal y la meritocracia”, y como objetivos específicos: Identificar el origen, contexto y sustento jurídico de la incorporación por convenio laboral de familiares directos; averiguar los derechos laborales protegidos en esta figura y efectos; examinar el marco regulatorio en la contratación de obrero municipal; determinar las condiciones para el puesto de obrero y si la meritocracia es un mecanismo viable en su contratación; y describir los beneficios del concurso público en su contratación. Es de enfoque cualitativo y diseño de teoría fundamentada, el escenario fue la Municipalidad de Paita y la muestra 5 personas entrevistadas. Las conclusiones principales fueron: que el inicio del fenómeno se dio por la suscripción de un convenio laboral en 1991 entre la entidad- sindicato; esta figura no protege derechos laborales del obrero Municipal, y su contratación se encuentran regulado en el D.L N° 728 y el D.S 003-97-TR; excepcionalmente pueden ser contratados bajo el régimen del D.L N°1057 CAS, dando un gran paso a la meritocracia.
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