La designación del jefe del órgano de control institucional y su dependencia con el Congreso de la República

Descripción del Articulo

El presente trabajo de investigación tiene como objetivo, determinar si sería correcto que el Congreso de la República se vea exceptuado de una fiscalización por parte de una persona que anteriormente era elegida por la Contraloría, cosa que se ha modificado con la ley N° 30742 que fue promulgada el...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Narvaez Espinoza, Abel Isai
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2018
Institución:Universidad Cesar Vallejo
Repositorio:UCV-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/42495
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12692/42495
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Autocontrol
Autorregulación
Sistema Nacional de Control
Fiscalización
Control Interno
Contraloría
General de la República
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:El presente trabajo de investigación tiene como objetivo, determinar si sería correcto que el Congreso de la República se vea exceptuado de una fiscalización por parte de una persona que anteriormente era elegida por la Contraloría, cosa que se ha modificado con la ley N° 30742 que fue promulgada el veintiocho de Marzo del dos mil dieciocho, ley que trata sobre el Fortalecimiento Nacional del Sistema de Control y de la Contraloría General de la República, la cual ha sido objeto de mucha crítica por parte de la ciudadanía así como de instituciones especializadas, en especial en el artículo 19 donde se exceptúa al Congreso de una fiscalización por parte de la Contraloría, y es ahora el propio Congreso quien elegirá a su jefe del Órgano de Control Interno (OCI), generándose así una dependencia entre la persona elegida con el Congreso. Situación que es muy alarmante ya que algunos Congresistas, señalan que la Contraloría seguirá fiscalizando al Congreso, y hay otros que señalan que si fuera así, cada vez que la Contraloría intervenga al Congreso solicitándole información, la persona elegida por el Congreso deberá consultar primero con el presidente del Congreso si puede o no brindar información al Contralor.
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