La separación de hecho como exclusión sucesoria conyugal, un análisis a partir del derecho de familia y sucesiones

Descripción del Articulo

La separación de hecho es la constatación fehaciente que debe hacer el juzgador a fin de acreditar que los cónyuges han optado en los hechos por apartarse el uno del otro, dejando de lado el deber material de la convivencia y de la vida en común. La presente investigación tiene como finalidad regula...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Diaz Cotera, Andrea Del Rosario
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2013
Institución:Universidad Cesar Vallejo
Repositorio:UCV-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/120505
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12692/120505
Nivel de acceso:acceso embargado
Materia:Derechos fundamentales
Derecho de familia
Responsabilidad civil
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:La separación de hecho es la constatación fehaciente que debe hacer el juzgador a fin de acreditar que los cónyuges han optado en los hechos por apartarse el uno del otro, dejando de lado el deber material de la convivencia y de la vida en común. La presente investigación tiene como finalidad regular la separación de hecho como una causal de exclusión sucesoria conyugal ya que actualmente se ven muchos casos donde el cónyuge reaparece después de tanto tiempo de haber estado separado con la única finalidad de reclamar sus derechos sucesorios "herencia". Lo correcto sería que una vez producida la separación de hecho de los cónyuges, el causante de la separación no pueda beneficiarse y no recibir la herencia del causante. Nuestro Código Civil, tiene muchas contradicciones en lo que respecta al tema sucesorio, por lo que, recientemente ha entrado en vigencia la Ley Nº 30007, promulgada el 25 de marzo del 2013, la misma que ha modificado ciertos artículos de Código Civil a fin de reconocer derechos sucesorios entre los miembros de uniones de hecho. Finalmente, puedo decir que ya se le están otorgando ciertos derechos a la concubina, pero éstos solo se producen cuando es un hombre y una mujer libre de impedimento, por lo que sería conveniente que se regule la separación de hecho como una causal de exclusión sucesoria conyugal.
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