La eficacia de la cláusula de allanamiento a futuro en el desalojo

Descripción del Articulo

La presente investigación titulada: “La eficacia de la cláusula de allanamiento a futuro en el desalojo”, ha sido planteada ante la existencia de inquilinos o arrendatarios de mala fe que pretenden quedarse o adueñarse de lo que no es suyo, aprovechándose de lo largo y lento que son los procesos de...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Aldana Roque, Shirley
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2018
Institución:Universidad Cesar Vallejo
Repositorio:UCV-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/20315
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12692/20315
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Contrato
Arrendamiento
Allanamiento
Desalojo y proceso sumarísimo
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:La presente investigación titulada: “La eficacia de la cláusula de allanamiento a futuro en el desalojo”, ha sido planteada ante la existencia de inquilinos o arrendatarios de mala fe que pretenden quedarse o adueñarse de lo que no es suyo, aprovechándose de lo largo y lento que son los procesos de desalojo. Ello, pese a que el contrato haya vencido o por haber dejado de pagar los 2 meses y 15 días que señala ley. En consecuencia, son los arrendadores quienes se siguen viendo perjudicados, tanto por los arrendatarios que se resisten a restituir el bien inmueble, como por parte de los órganos jurisdiccionales que demoran en resolver dichos casos. A razón de lo expuesto en el párrafo anterior, en el presente trabajo de investigación vamos a analizar si la cláusula de allanamiento a futuro, es un mecanismo eficaz dentro de los contratos de arrendamiento para un desalojo rápido y efectivo, ya sea, por vencimiento de contrato o por falta de pago de la renta pactada. Además, de analizar si los jueces están aplicando o no, la nueva Ley, misma que busca poner fin a los conflictos sociales en cuanto a la restitución del inmueble al arrendador, nada más y nada menos que, haciéndose valer los acuerdos pactados en dicho contrato. Ya que, como dice aquella frase del filósofo Lucio Anneo Séneca: “Nada se parece tanto a la injusticia como la justicia tardía
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