Participación del extraneus en delitos de negociación incompatible, y perjuicio patrimonial al estado, en los juzgados penales de Ventanilla, 2022

Descripción del Articulo

Esta investigación fue elaborada mediante un estudio y los principales resultados referida al delito que se señala en el artículo 399° del CPP – Negociación Incompatible o Aprovechamiento Indebido del Cargo, el cual desde un punto de vista jurisprudencial se ha tomado diferentes posturas que señalan...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Obregon Canaza, Dario Fidel, Tenorio Fernandez, Victor Rene
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2024
Institución:Universidad Cesar Vallejo
Repositorio:UCV-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/154474
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12692/154474
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Responsabilidad
Impunidad
Negociación incompatible
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:Esta investigación fue elaborada mediante un estudio y los principales resultados referida al delito que se señala en el artículo 399° del CPP – Negociación Incompatible o Aprovechamiento Indebido del Cargo, el cual desde un punto de vista jurisprudencial se ha tomado diferentes posturas que señalan sobre el comportamiento del tercero interesado (extraneus). Por tanto, El objetivo de esta investigación es “Determinar la responsabilidad penal de la participación del extraneus en delitos de negociación incompatible que genera perjuicio patrimonial al estado en juzgados penales de ventanilla, 2022”, siendo su metodología una de enfoque cualitativa, tipo básica con nivel descriptivo, ya que recoge la información de expertos a través de entrevistas, del que se obtuvo que al no poseer una característica especial como funcionario o servidor público el tercero se estaría responsabilizando como cómplice, pero de tipo penal subsidiario y no como infracción del deber. Concluyendo que la responsabilidad penal del extraneus al no tener una normativa que garantice su imputación, su participación del tercero ante el tipo penal de infracción de deber, los del Ministerio Publico seguirán investigando y calificando al tercero como cómplice, generando la ruptura del título de imputación o por ende la impunidad.
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