La conciliación extrajudicial en la tenencia compartida frente al conflicto familiar en cumplimiento a la Ley N° 30466

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La presente investigación, surgió al tener conocimiento que tanto a nivel internacional como nacional, los conflictos familiares son irremediables en la sociedad, es por ello se te tiene como objetivo principal, determinar si la conciliación extrajudicial cumple con los parámetros establecidos en la...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Sánchez Severino, Maribel, Silva Nole, Fernando
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2022
Institución:Universidad Cesar Vallejo
Repositorio:UCV-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/101849
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12692/101849
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Conciliación extrajudicial
Tenencia
Conflictos sociales
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:La presente investigación, surgió al tener conocimiento que tanto a nivel internacional como nacional, los conflictos familiares son irremediables en la sociedad, es por ello se te tiene como objetivo principal, determinar si la conciliación extrajudicial cumple con los parámetros establecidos en la Ley N° 30466 frente al conflicto familiar de tenencia compartida, mediante el cual se van señalar fundamentos de carácter jurídico, que no cumple lo preceptuado en la Ley, por lo tanto, no es beneficiosa para el menor de edad en estado de vulnerabilidad. Asimismo, la investigación es de tipo aplicada, con diseño no experimental, además con corte transversal y descriptiva. Por consiguiente, dada la rigurosidad científica, la población y muestra está compuesta por 30 abogados especialistas en Derecho Civil y además con formación en conciliación extrajudicial. Se tiene como hipótesis, que se incumplen los parámetros establecidos mediante Ley N° 30466 frente al conflicto familiar de tenencia compartida, por lo que el principal resultado nos señala, que el Estado peruano debe ser el principal impulsor para que exista obligatoriedad en el uso de la vía extrajudicial, lo que conlleva que al no existir exigencia legal origine no solo la judicialización, sino que también difiera en la reestructuración familiar. Concluyendo, que la conciliación extrajudicial se considera la vía más conveniente para la solución de controversias familiares, aportando que ambos progenitores puedan fortalecer las relaciones paterno filiales, en aras de privilegiar el principal interés rector del infante peruano
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