La imputación del nexo filial en la maternidad subrogada: Preeminencia del lazo genético o el vínculo de la gestación

Descripción del Articulo

El derecho, si bien es una ciencia cambiante, no siempre camina al mismo paso que las demás ciencias, como es el caso de la ciencia médica, motivo por el cual la investigación atesoró establecer el vínculo filial del menor en la maternidad subrogada, teniendo en cuenta el lazo genético o el vínculo...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Ramirez Saavedra, Catherine Alessandra Rosalva Yennif
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2013
Institución:Universidad Cesar Vallejo
Repositorio:UCV-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/130486
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12692/130486
Nivel de acceso:acceso embargado
Materia:Maternidad Subrogada
Vínculo genético
Vínculo de la gestación
Determinación de la filiación
Interés superior del niño
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:El derecho, si bien es una ciencia cambiante, no siempre camina al mismo paso que las demás ciencias, como es el caso de la ciencia médica, motivo por el cual la investigación atesoró establecer el vínculo filial del menor en la maternidad subrogada, teniendo en cuenta el lazo genético o el vínculo de la gestación, en virtud de los diversos casos que se vienen presentando en la sociedad referentes a aquel grupo de mujeres que llevadas por su afán de convertirse en madres ceden sus gametos a otra con la finalidad de que éstas lleven el proceso de gestación y alumbramiento del menor que posteriormente les será entregado, no obstante, en muchos casos este acuerdo no llega a concretarse suscitándose un interminable conflicto jurídico para determinar a qué mujer le corresponde la filiación. Para llevar a cabo la finalidad antes precisada se ha analizado la norma nacional concernientes a las Técnicas de Reproducción Humana Asistida, a la doctrina, a la jurisprudencia, a la casuística, así como al Derecho Comparado, puesto que no existe una regulación específica de las TERAS en nuestro país, lo que genera vacíos legales y prácticas no reglamentadas, habiéndose por ello examinado con cierto grado de afán los pronunciamientos emitidos por nuestro Judicial, de los que se ha llegado a estimar que el principio romano “Mater Semper Certa Est” es obsoleto para determinar la filiación materna, priorizándose el principio del interés superior del niño en la resolución de estos casos.
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