Desvinculación de los presupuestos de observancia obligatoria en el momento consumativo del delito de robo agravado contenidos en la sentencia plenaria N° 1-2005-Dj-301-A.I, en las salas mixtas de la corte superior de justicia de San Martin - Tarapoto durante el año 2008

Descripción del Articulo

Existen 67 Requerimientos de Actas de acuerdos provisionales sobre reparación civil, para la celebración de audiencia de terminación anticipada, en los juzgados de Investigación Preparatoria - Tarapoto; De los cuales, todos han sido Aprobados en el periodo Enero a Diciembre del año 2011. En consecue...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Paico Alarcón, Nember
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2013
Institución:Universidad Cesar Vallejo
Repositorio:UCV-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/139727
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12692/139727
Nivel de acceso:acceso embargado
Materia:Reparación civil
Derechos fundamentales
Motivación
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:Existen 67 Requerimientos de Actas de acuerdos provisionales sobre reparación civil, para la celebración de audiencia de terminación anticipada, en los juzgados de Investigación Preparatoria - Tarapoto; De los cuales, todos han sido Aprobados en el periodo Enero a Diciembre del año 2011. En consecuencia, se aborda a través de la presente investigación la problemática de la vulneración al Principio Constitucional de la Motivación, consagrado en la Constitución Política del Perú de 1993, Art. 139 º inc.5. Los montos establecidos como quantum, por concepto de Reparación Civil no son las más Ideales o apropiados, desde la perspectiva de la falta de aplicación de criterios valorativos y motivación, se hace visible la falta de Argumentación Jurídica por parte de los Fiscales, quienes emiten Requerimientos de Aprobación de acuerdos provisionales, sin motivación expresa correspondiente. La Argumentación es la propiedad de fundamentar acorde a ley un fallo o resolución evitando así la falta de motivación, La Reparación civil es definido como el menoscabo que sufre un sujeto dentro de su esfera jurídica patrimonial o extrapatrimonial, debe ser reparado o indemnizado, teniendo como daños patrimoniales al daño emergente y el lucro cesante, y como daños extrapatrimoniales, al daño moral y al daño de la persona. Es fundamental la posibilidad de que se otorgue todas las garantías procesales a las partes, estableciendo así una cultura jurídica aceptable por parte de la sociedad. El Acuerdo provisional en el proceso de terminación Anticipada, es un proceso especial por ende tiene como fundamento el consensó de las partes, si no fuese así se estuviera desnaturalizando esta institución, es por ello que resulta lógico y fundamental conocer cuál ha sido el proceso mental del Fiscal, al determinar el quantum de la reparación civil en un delito determinado.
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