Aplicación del control de convencionalidad en el proceso de la libertad – habeas corpus – Iquitos 2023

Descripción del Articulo

La presente investigación partió del problema ¿El nuevo Código Procesal constitucional prescribe que no hay vista de la causa en los procesos de Hábeas Corpus salvo que lo pida el demandante o el favorecido? Y el objetivo fue: Explicar si el nuevo Código Procesal constitucional prescribe que no hay...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Armas Chapiama, Corely
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2024
Institución:Universidad Científica del Perú
Repositorio:UCP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucp.edu.pe:20.500.14503/3177
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.14503/3177
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Habeas Corpus
Vista de la causa
Código Procesal Constitucional
Demandante
Control de Convencionalidad
Hearing of the case
Constitutional Procedural Code
Plaintiff
Control of Conventionality
Descripción
Sumario:La presente investigación partió del problema ¿El nuevo Código Procesal constitucional prescribe que no hay vista de la causa en los procesos de Hábeas Corpus salvo que lo pida el demandante o el favorecido? Y el objetivo fue: Explicar si el nuevo Código Procesal constitucional prescribe que no hay vista de la causa en los procesos de Hábeas Corpus salvo que lo pida el demandante o el favorecido. La técnica que se empleó fue la encuesta y el instrumento fue el cuestionario. La población estuvo conformada por ciudadanos de la Provincia de Maynas, la muestra estuvo conformada por 30 abogados penalistas y 30 abogados constitucionalistas. El diseño que se empleó fue el no experimental de tipo transaccional correlacional. Para el análisis estadístico se usó la estadística descriptiva, para el estudio de las variables en forma independiente y para demostración de las hipótesis se usó la estadística inferencial no paramétrica chi cuadrado (x2). Los resultados indicaron que: El nuevo Código Procesal Constitucional con relación al Habeas Córpus en su artículo 37 numeral 8) regula que no hay vista de la causa, salvo que lo pida el demandante o el favorecido
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