Análisis Doctrinario del Matrimonio en la Legislación Peruana - Pleno Sentencia 172/2022 Recaída en el Expediente 02743-2021-Pa/Tc

Descripción del Articulo

El objetivo del presente trabajo fue determinar los fundamentos del matrimonio en el Perú – 2022, abordando el estudio de tipo básico a través de un nivel descriptivo, no experimental y transversal, utilizando el análisis documental para examinar la Sentencia 172/2022, emitida por el Tribunal Consti...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autores: Babilonia Ruiz, Cinthia Natalia, Gómez Simons, Angela Delfina
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2023
Institución:Universidad Científica del Perú
Repositorio:UCP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucp.edu.pe:20.500.14503/2555
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.14503/2555
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Matrimonio
Familiar
Matrimonio igualitario
Derecho a la igualdad
Derecho a la no discriminación
Marriage
Family
Equal marriage
Right to equality
Right to non-discrimination
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:El objetivo del presente trabajo fue determinar los fundamentos del matrimonio en el Perú – 2022, abordando el estudio de tipo básico a través de un nivel descriptivo, no experimental y transversal, utilizando el análisis documental para examinar la Sentencia 172/2022, emitida por el Tribunal Constitucional, en el expediente N° 02743-2021-PA/TC, que declaró improcedente el recurso de agravio constitucional en la demanda de amparo de Andree Martinot Serván y Diego Urbina Fletcher para que puedan inscribir su matrimonio en Reniec, concluyendo que más allá del sentido de procreación del matrimonio, es cierto que la unión entre un hombre y una mujer tiene una relación directa con la subsistencia de la especie, si bien se puede aceptar otro tipo de uniones, estas no deben tener las características únicas del matrimonio, que el Tribunal Constitucional ha recogido en la Sentencia materia de estudio, reconociendo la vigencia y legitimidad del artículo 234 del Código Civil, a pesar de las interpretaciones de diversos instrumentos internacionales que parecen apuntar hacia la validez del matrimonio igualitario, pero que en nuestro ordenamiento jurídico no prevalecen sobre lo que manda la Constitución, y que sirve como fundamento para la concepción de matrimonio únicamente heterosexual que tiene nuestro Código Civil.
Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).