Los presupuestos materiales del control de identidad y la detención policial en flagrancia

Descripción del Articulo

El presente análisis jurídico se realiza al Exp. N° 00413-2022-PHC/TC Callao Sentencia del Tribunal Constitucional sobre los presupuestos materiales del control de identidad y la detención policial en flagrancia dado el 25 de setiembre del 2023 por los jueces de la sala primera del Tribunal Constitu...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Chujutalli Torres, Erlin Gilberto, Pezo Vela, Carlos Gilberto
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2024
Institución:Universidad Científica del Perú
Repositorio:UCP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucp.edu.pe:20.500.14503/3185
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.14503/3185
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Privación a la libertad personal
Actuación policial
Detención flagrante
Control de identidad
Deprivation of personal liberty
Police action
Identity control
Flagrant detention
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.08.00
Descripción
Sumario:El presente análisis jurídico se realiza al Exp. N° 00413-2022-PHC/TC Callao Sentencia del Tribunal Constitucional sobre los presupuestos materiales del control de identidad y la detención policial en flagrancia dado el 25 de setiembre del 2023 por los jueces de la sala primera del Tribunal Constitucional. El propósito principal de este estudio es establecer la efectividad respecto a los presupuestos Materiales del control de identidad y de las detenciones policiales en flagrancia. Material y Método, siendo para ello necesario la utilización de una ficha de estudio de documentos alcanzada del Exp. N° 00413-2022-PHC/TC Callao Sentencia del Tribunal Constitucional, empleando el Método Descriptivo, no experimental, ex post fact. Al respecto, el Resultado obtenido devino que los magistrados constitucionales y máximos intérpretes de la Constitución hayan reglamentado como doctrina legal, que para la configuración del control de identidad debe existir requisitos indispensables para su materialización, y que guardan relación con impedir la comisión de actos delictivos, así como conseguir información útil para el esclarecimiento de un delito, enfatizando, que esta práctica no puede ejecutarse simplemente porque la autoridad policial haya tenido conocimiento, lo haya asumido intencionalmente o falto de razón para su ejecución. Como conclusión al estudio materia de investigación, se tiene que lo resuelto en el Exp. N° 00413-2022-PHC/TC Callao Sentencia del Tribunal Constitucional, afecta la privación de la libertad personal, por cuanto, en una intervención policial no se justificó las razones que materializa el control de identidad, normado en el artículo 205 del Código Procesal Penal, que prevé tácitamente que esta facultad debería efectuarse con la finalidad de advertir un ilícito penal o recabar información útil para esclarecer una determinada investigación.
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