Prescripción Adquisitiva de Dominio. Casación N° 2528-2017 – Lima Norte
Descripción del Articulo
El presente análisis jurídico, se refiere a un importante caso resuelto por los integrantes de la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, que mediante la Casación N° 2528-2017 LIMA NORTE, realizan un análisis sobre el tema en controversia, la Prescripción Adquisitiva...
Autores: | , |
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Formato: | tesis de grado |
Fecha de Publicación: | 2019 |
Institución: | Universidad Científica del Perú |
Repositorio: | UCP-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:repositorio.ucp.edu.pe:20.500.14503/941 |
Enlace del recurso: | http://repositorio.ucp.edu.pe/handle/20.500.14503/941 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Prescripción Adquisitiva de Dominio, Ley N° 29618, Bienes inmuebles, Dominio privado estatal, Carácter Declarativo https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
Sumario: | El presente análisis jurídico, se refiere a un importante caso resuelto por los integrantes de la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, que mediante la Casación N° 2528-2017 LIMA NORTE, realizan un análisis sobre el tema en controversia, la Prescripción Adquisitiva de Dominio y la Ley N° 29618 que establece la presunción de que el Estado es poseedor de los inmuebles de su propiedad y declara imprescriptibles los bienes inmuebles de dominio privado estatal, vigente desde el veinticinco de noviembre del dos mil diez. El objetivo en relación a este caso es determinar la procedencia de la prescripción de carácter declarativa en el caso propuesto. El tema a debatir, de la referida casación, es si el pronunciamiento de las instancias de mérito se encuentra debidamente motivado y también el examen de la infracción material a fin de determinar si los recurrentes cumplen con los requisitos especiales señalados en el artículo 950 del Código Civil. Para este trabajo se empleó como Materiales y Métodos, una ficha de análisis de documentos, analizando como muestra consistente la Casación N° 2528-2017-LIMA NORTE, utilizando el Método Descriptivo Explicativo, cuyo diseño fue no experimental ex post facto. Como Resultado, el Colegiado Supremo, declara FUNDADO el recurso casación interpuesto por la sucesión de Luis Veliz Prado, en consecuencia, CASARON la sentencia de vista expedida por la Sala Civil Permanente de la Corte de Justicia de Lima Norte, que confirmaba la sentencia apelada que declaraba improcedente la demanda de prescripción adquisitiva de dominio interpuesta por la sucesión de Luis Veliz Prado. En conclusión, la Sala Suprema, estima que, la prescripción adquisitiva de dominio tiene un carácter meramente “declarativo” de derecho, en tanto busca el reconocimiento de un derecho a partir de una situación de hecho determinada o un pronunciamiento de contenido probatorio que adquirirá certidumbre mediante la sentencia; lo que significa que, acreditada una posesión continua, pacífica y publica como propietario durante más de diez años, hace merecedor al poseedor para convertirse en propietario; por tanto, se aplique el carácter declarativo de la prescripción adquisitiva de dominio y los alcances de la Ley N° 29618, que mediante el Pleno Jurisdiccional Civil y Procesal Civil 2016, señala que puede declararse la prescripción sobre un bien de dominio privado del Estado si es que antes de la entrada en vigencia de la ley, el poseedor ha cumplido con los requisitos necesarios. |
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La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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