La ponderación de la lesividad al bien jurídico del delito de crimen organizado y hurto en la determinación legal de la pena

Descripción del Articulo

El legislador peruano en un afán de ganar popularidad en la sociedad y ante el incremento de los delitos patrimonial, ha promulgado tipos penales incoherentes. Uno de los tipos penales que ha promulgado el legislador peruano es el delito de hurto cometido por un agente que actúa en calidad de integr...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Yaranga Cesar, Misael Carlos
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2024
Institución:Universidad Continental
Repositorio:CONTINENTAL-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.continental.edu.pe:20.500.12394/16034
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12394/16034
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Hurto
Bien jurídico
Crimen organizado
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.02
Descripción
Sumario:El legislador peruano en un afán de ganar popularidad en la sociedad y ante el incremento de los delitos patrimonial, ha promulgado tipos penales incoherentes. Uno de los tipos penales que ha promulgado el legislador peruano es el delito de hurto cometido por un agente que actúa en calidad de integrante de una organización criminal. Con ello, pretendió dar una respuesta punitiva más grave. Sin embargo, al no ponderar la lesividad del bien jurídico en los delitos de crimen organizado y hurto cometido por integrante de una organización criminal, el legislador ha establecido penas benignas para los delitos que lesionan bienes jurídicos que a los que solo ponen en peligro. La presente investigación cualitativa del tipo de investigación jurídico doctrinal pretende analizar de qué manera al no ponderarse la lesividad al bien jurídico de los delitos de crimen organizado y hurto cometido por un integrante de una organización criminal, afecta en la determinación legal de la pena. Se trabajó con un diseño exploratorio. Se encontró que la mayoría de los entrevistados consideran que la pena establecida para el delito de crimen organizado es desproporcional respecto al delito de hurto cometido por un integrante de una organización criminal, por lo que debe merecer modificación legislativa. En conclusión, la pena es más benigna en el delito de hurto cometido por un integrante de una organización criminal, a diferencia del delito de crimen organizado, si en el primero se lesiona el bien jurídico y en el segundo solo se pone en peligro, pues al ser incorporado en el artículo 186 del Código Penal la agravante del delito de hurto, el legislador tuvo como única referencia el tipo base del delito de hurto y no el delito de crimen organizado o asociación ilícita.
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