El interés superior del niño en la aplicación de las medidas de protección otorgadas por el juzgado de familia sub especialidad en violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar Cusco - periodo 2022

Descripción del Articulo

La presente investigación, se busco Determinar la inobservancia del principio del interés superior del niño, en las medidas de protección otorgadas por el Juzgado de Familia Subespecialidad en violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar Cusco del periodo 2022, aplicando la metodología...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Ccana Leon, Soledad Lucia
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2023
Institución:Universidad Andina del Cusco
Repositorio:UAC-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uandina.edu.pe:20.500.12557/5763
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12557/5763
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Interés superior del niño y adolescente
Medidas de protección
Violencia familiar
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:La presente investigación, se busco Determinar la inobservancia del principio del interés superior del niño, en las medidas de protección otorgadas por el Juzgado de Familia Subespecialidad en violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar Cusco del periodo 2022, aplicando la metodología Cualitativa, por el cual se analizaron Medidas de Protección otorgadas por el Juzgado de Familia Sub Especialidad en Violencia Contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar Cusco, en el periodo 2022, por el cual inobservancia del principio del interés superior del niño, en las medidas de protección otorgadas por el Juzgado de Familia Subespecialidad en violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar Cusco del periodo 2022, demostrando la inobservancia del Interés Superior del Niño, ante la ausencia de un Derecho que también les corresponde a los niños y más si son participes de sus derechos vulnerados que es el Derecho a la Defensa, se observa que no hay participación de las partes, siendo en este caso del menor dentro de las medidas cautelares previsionales no son suficientes para acreditar el interés superior del niño, el cual es elemental en el desarrollo de la sociedad en vista que conforma el núcleo familiar en un fututo siguiente, y para un desarrollo pleno en su formación física y psicológica las medidas de protección solo demuestran con más eficiencia para las mujeres, mas no para los menores de edad, ya sea con su participación Directa o Indirecta de los hechos, ya son más agraviados que sus propios progenitores.
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