Los fundamentos constitucionales y legales sobre la regla de exclusión de la prueba prohíbida en el nuevo código procesal penal

Descripción del Articulo

El objetivo de la investigación fue analizar los fundamentos constitucionales y legales que justifican la regla de exclusión de la prueba ilícita en el nuevo código procesal penal; para lo cual se realizó una investigación dogmática, transversal, explicativa, no experimental, careciendo de delimitac...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Huerta Torre, Roxana Jackeline
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2016
Institución:Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo
Repositorio:UNASAM-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:172.16.0.151:UNASAM/2326
Enlace del recurso:http://repositorio.unasam.edu.pe/handle/UNASAM/2326
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Prueba prohibida
Derechos fundamentales
Regla de exclusión
Proceso penal
Descripción
Sumario:El objetivo de la investigación fue analizar los fundamentos constitucionales y legales que justifican la regla de exclusión de la prueba ilícita en el nuevo código procesal penal; para lo cual se realizó una investigación dogmática, transversal, explicativa, no experimental, careciendo de delimitación temporal y espacial el problema por el tipo de investigación realizada. La unidad de análisis estuvo constituida por el análisis de la doctrina, jurisprudencia y normatividad. Se utilizaron como técnicas el fichaje y el análisis de contenido, utilizando como instrumentos de recolección datos las fichas y ficha de análisis de contenido respectivamente. Entre los métodos empleados tenemos al exegético, hermenéutico, argumentación jurídica. La investigación ha demostrado que existe una relación negativa y adversa entre la prueba prohibida y las investigaciones encubiertas en el marco del proceso penal garantista, toda vez que en las investigaciones encubiertas se vulnera algunos derechos fundamentales, tales como los derechos a la intimidad, inviolabilidad de domicilio, autoincriminación, por lo que el uso de agentes encubiertos constituiría una práctica violatoria de los derechos fundamentales de los investigados, por ende las pruebas obtenidas transgrediendo derechos fundamentales, no deben de ser valoradas
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