La contravención al derecho de motivación como causal de anulación del laudo arbitral.

Descripción del Articulo

El arbitraje es una manifestación de la autonomía de voluntad que ostentan las partes y tiene como finalidad alcanzar de manera heterocompositiva una solución frente a las diferencias y/o conflictos que puedan surgir entre ellas. Se presenta como una vía alternativa a la ofrecida por el Poder Judici...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Ordoñez Urteaga, Ruth Manuela
Fecha de Publicación:2021
Institución:Universidad Nacional de Cajamarca
Repositorio:UNC-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.unc.edu.pe:20.500.14074/4271
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Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Laudo arbitral
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description El arbitraje es una manifestación de la autonomía de voluntad que ostentan las partes y tiene como finalidad alcanzar de manera heterocompositiva una solución frente a las diferencias y/o conflictos que puedan surgir entre ellas. Se presenta como una vía alternativa a la ofrecida por el Poder Judicial; de esta manera el monopolio estatal de la administración de justicia cede terreno a mecanismos mucho más eficaces y eficientes como el sistema arbitral. Es sabido que el arbitraje goza de autonomía e independencia respecto al fuero judicial, salvo las limitaciones establecidas por la propia Ley de Arbitraje, que permiten la intervención residual del mismo; intervención que de manera concreta se da mediante el recurso de anulación que puede presentarse contra el laudo arbitral. Respecto al recurso de anulación, la L.A., Decreto Legislativo N° 1071, establece en su artículo 63 las causales que originan la interposición del mismo. De una lectura rápida de dicho artículo pareciera que no se ha establecido una causal de anulación que verse sobre la contravención al derecho de motivación; aunado a ello el artículo 62 del citado cuerpo normativo ha señalado como una prohibición dirigida a los tribunales judiciales, el “pronunciarse sobre el fondo de la controversia o sobre el contenido de la decisión o calificar los criterios, motivaciones e interpretaciones expuestas por el tribunal arbitral” (Decreto Legislativo 1071, 2008). Pese a ello, y mediante una interpretación extensiva de una de las causales establecidas en el artículo 63 de la L.A. y de acuerdo a la duodécima disposición complementaria del mismo cuerpo normativo; se abre una puerta a la anulación de laudo en caso de contravención al derecho de motivación. Establecidos estos preceptos normativos en la L.A., surge la interrogante: ¿La contravención al derecho de motivación constituye realmente una causal de anulación del laudo arbitral, o el Poder Judicial al amparar las demandas de anulación por esta causal “inexistente” ha venido actuando erróneamente? Es ante esta interrogante que presentamos la presente monografía, con la finalidad de establecer cuáles serían los fundamentos jurídicos que permiten aseverar que es posible y correcta la anulación del laudo arbitral en caso de contravención al derecho de motivación. Con el fin de llevar la presente investigación de manera ordenada y para su mejor comprensión se ha organizado la misma en tres capítulos, en el primero se desarrollarán los aspectos metodológicos de la presente; en el segundo lo referente al marco teórico, mismo que está conformado por subcapítulos; para finalmente en el tercer capítulo realizar la discusión y análisis del problema planteado.
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Respecto al recurso de anulación, la L.A., Decreto Legislativo N° 1071, establece en su artículo 63 las causales que originan la interposición del mismo. De una lectura rápida de dicho artículo pareciera que no se ha establecido una causal de anulación que verse sobre la contravención al derecho de motivación; aunado a ello el artículo 62 del citado cuerpo normativo ha señalado como una prohibición dirigida a los tribunales judiciales, el “pronunciarse sobre el fondo de la controversia o sobre el contenido de la decisión o calificar los criterios, motivaciones e interpretaciones expuestas por el tribunal arbitral” (Decreto Legislativo 1071, 2008). Pese a ello, y mediante una interpretación extensiva de una de las causales establecidas en el artículo 63 de la L.A. y de acuerdo a la duodécima disposición complementaria del mismo cuerpo normativo; se abre una puerta a la anulación de laudo en caso de contravención al derecho de motivación. 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Con el fin de llevar la presente investigación de manera ordenada y para su mejor comprensión se ha organizado la misma en tres capítulos, en el primero se desarrollarán los aspectos metodológicos de la presente; en el segundo lo referente al marco teórico, mismo que está conformado por subcapítulos; para finalmente en el tercer capítulo realizar la discusión y análisis del problema planteado.application/pdfspaUniversidad Nacional de CajamarcaPEinfo:eu-repo/semantics/openAccessAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacionalhttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/Universidad Nacional de CajamarcaRepositorio Institucional - UNCreponame:UNC-Institucionalinstname:Universidad Nacional de Cajamarcainstacron:UNCLaudo arbitralContravención al derechohttp://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01La contravención al derecho de motivación como causal de anulación del laudo arbitral.info:eu-repo/semantics/monographinfo:eu-repo/semantics/publishedVersionUniversidad Nacional de Cajamarca. 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