La incautación de teléfonos, celulares o fijos y sus accesorios, en centros penitenciarios, practicada por los agentes penitenciarios y su consideración como prueba ilícita o irregular

Descripción del Articulo

Nuestro ordenamiento procesal ha obviado considerar a la prueba irregular y sus consecuencias jurídicas, lo cual ha generado que en la mayoría de investigaciones fiscales iniciadas, cuyos elementos de convicción han sido obtenidos infringiendo el procedimiento establecido sean enmarcadas como prueba...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Villegas Salazar, Saúl Alexander
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2017
Institución:Universidad Nacional de Cajamarca
Repositorio:UNC-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.unc.edu.pe:20.500.14074/1328
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.14074/1328
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Incautación de teléfonos
Centros penitenciarios
Agentes Penitenciarios
Descripción
Sumario:Nuestro ordenamiento procesal ha obviado considerar a la prueba irregular y sus consecuencias jurídicas, lo cual ha generado que en la mayoría de investigaciones fiscales iniciadas, cuyos elementos de convicción han sido obtenidos infringiendo el procedimiento establecido sean enmarcadas como pruebas ilícitas, y por ende sean apartadas del acervo probatorio incubando de esta manera un cumulo de impunidad. Así, conforme a la doctrina de la prueba ilícita encontramos una concepción amplia, la cual afirma que, es prueba ilícita aquella obtenida o practicada vulnerando derechos fundamentales y/o infringiendo el ordenamiento jurídico; por otro lado, encontramos a la concepción restrictiva, la misma que señala que solamente es prueba ilícita aquella obtenida vulnerando el contenido esencial de los derechos fundamentales. En este orden de ideas, la presente tesis, se centrará a determinar sí la incautación de teléfonos, ya sean celulares o fijos, dentro de un centro de reclusión sin la presencia del representante del Ministerio Público debe ser considerada prueba ilícita o prueba irregular, y conforme a ello se determine su implicancia en la formalización de la investigación preparatoria.
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