Sobre pensiones en el Perú
Descripción del Articulo
En el Perú se requiere generar un único sistema de pensiones que considere a los tres existentes. No se trata de fusionarlos, administrativa y financieramente, sino de tener una regulación única que permita el funcionamiento de las alternativas hoy presentes en el mercado, de manera coherente, y con...
| Autor: | |
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| Formato: | contribución a publicación periódica |
| Fecha de Publicación: | 2019 |
| Institución: | Universidad de Lima |
| Repositorio: | ULIMA-Institucional |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.ulima.edu.pe:20.500.12724/11584 |
| Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.12724/11584 |
| Nivel de acceso: | acceso abierto |
| Materia: | Fondos de pensiones Perú Pension trusts https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.02.01 |
| Sumario: | En el Perú se requiere generar un único sistema de pensiones que considere a los tres existentes. No se trata de fusionarlos, administrativa y financieramente, sino de tener una regulación única que permita el funcionamiento de las alternativas hoy presentes en el mercado, de manera coherente, y contribuir de esa forma a la universalización del derecho a tener una pensión durante la vejez. La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras de Fondos de Pensiones (SBS) debería asumir la responsabilidad de regular no solo a las administradoras privadas de fondos de pensiones (AFP), sino también a la Oficina de Normalización Previsional (ONP) y al sistema Pensión 65, independientemente de cuál sea el organismo ejecutor de estas dos últimas alternativas.n el Perú se requiere generar un único sistema de pensiones que considere a los tres existentes. No se trata de fusionarlos, administrativa y financieramente, sino de tener una regulación única que permita el funcionamiento de las alternativas hoy presentes en el mercado, de manera coherente, y contribuir de esa forma a la universalización del derecho a tener una pensión durante la vejez. La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras de Fondos de Pensiones (SBS) debería asumir la responsabilidad de regular no solo a las administradoras privadas de fondos de pensiones (AFP), sino también a la Oficina de Normalización Previsional (ONP) y al sistema Pensión 65, independientemente de cuál sea el organismo ejecutor de estas dos últimas alternativas. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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