Intereses protegidos a través de la tipificación del delito de Captación Ilegal de Recursos del Público
Descripción del Articulo
El autor analiza el objeto de protección del delito “Captación Ilegal de Recursos del Público” o “Instituciones Financieras Ilegales” tipificado en el artículo 246° del Código Penal, pasando revista por las principales teorías que lo identifican con la teoría del bien jurídico o la teoría de la vige...
| Autor: | |
|---|---|
| Formato: | tesis de maestría |
| Fecha de Publicación: | 2019 |
| Institución: | Pontificia Universidad Católica del Perú |
| Repositorio: | PUCP-Institucional |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.pucp.edu.pe:20.500.14657/178705 |
| Enlace del recurso: | http://hdl.handle.net/20.500.12404/18472 |
| Nivel de acceso: | acceso abierto |
| Materia: | Instituciones financieras--Perú Delitos Derecho penal Derecho financiero http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
| Sumario: | El autor analiza el objeto de protección del delito “Captación Ilegal de Recursos del Público” o “Instituciones Financieras Ilegales” tipificado en el artículo 246° del Código Penal, pasando revista por las principales teorías que lo identifican con la teoría del bien jurídico o la teoría de la vigencia de la norma. Dicha observación se origina a propósito de diferentes pronunciamientos que se originaron de una serie de investigaciones penales que archivaron denuncias por el citado ilícito penal al considerar que el bien jurídico protegido era el sistema crediticio y no el sistema de fondos colectivos. En atención a ello, se analiza las principales teorías sobre el objeto de protección penal, los diferentes pronunciamientos fiscales y judiciales existentes; luego de lo cual el autor pasa a identificar las diferentes formas de financiamiento, incluido el mercado de valores. Asimismo, se analiza los elementos típicos del tipo penal en cuestión, pasando por los elementos normativos del tipo penal, para finalmente dilucidar el interés jurídico protegido el mismo que no se circunscribe al sistema crediticio supervisado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, ni al mercado de valores supervisado por la Superintendencia del Mercado de Valores, sino se amplía al sistema de fondos colectivos. Éste último no sólo es otra forma de financiamiento, sino que es un mercado que está regulado por una normativa sectorial por parte de la Superintendencia del Mercado de Valores, pero con una raigambre constitucional que le da pleno respaldo para su protección, teniendo en cuenta que el régimen económico propuesto por la Constitución compone un aspecto sustancial del programa social atribuido al Estado. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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