Informe jurídico de la Resolución No. 496-2023- SUNAFIL/TFL-Primera Sala

Descripción del Articulo

En el presente informe, la autora analiza la Resolución No. 496-2023-SUNAFIL/TFL-Primera Sala, mediante la cual el Tribunal de Fiscalización Laboral (TFL) revocó la sanción impuesta a SAN FERNANDO S.A. por un accidente de trabajo con consecuencias fatales. El análisis se centra en evaluar si dicha d...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Hidalgo Ybañez, Jhomira Cristina
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2024
Institución:Pontificia Universidad Católica del Perú
Repositorio:PUCP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.pucp.edu.pe:20.500.14657/200879
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.12404/28490
Nivel de acceso:acceso embargado
Materia:Accidentes de trabajo--Perú
Seguridad industrial--Legislación--Perú
Responsabilidad administrativa--Perú
Sanciones administrativas--Perú
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:En el presente informe, la autora analiza la Resolución No. 496-2023-SUNAFIL/TFL-Primera Sala, mediante la cual el Tribunal de Fiscalización Laboral (TFL) revocó la sanción impuesta a SAN FERNANDO S.A. por un accidente de trabajo con consecuencias fatales. El análisis se centra en evaluar si dicha decisión, fundamentada en la ausencia de motivación en el Acta de Infracción y en la inexigibilidad del empleador de capacitar sobre actividades prohibidas y que eran visiblemente inseguras, se ajusta a los principios de prevención y responsabilidad en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST). La autora analiza la relevancia del Acta de Infracción en el curso de un procedimiento sancionador originado de una inspección por SUNAFIL. Asimismo, analiza los alcances del deber de prevención y responsabilidad del empleador en el marco de las obligaciones en SST y los medios probatorios pertinentes para acreditar su cumplimiento. La autora concluye que, si bien la revocación por insuficiencia de motivación es procedente conforme a los principios administrativos, la postura del TFL respecto a la no obligación de capacitar en actividades prohibidas contraviene los principios fundamentales de SST. Se argumenta que persiste la obligación del empleador de informar sobre los riesgos inherentes a conductas prohibidas, independientemente de su aparente peligrosidad.
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