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Tratamiento normativo de los contratos de transferencia de tecnologías desarrolladas en universidades peruanas

Descripción del Articulo

En el Perú, la normativa aplicable a los contratos de transferencia tecnológica se encuentra regulada por la Decisión 291 de la Comunidad Andina, “Régimen Común de Tratamiento a los Capitales Extranjeros y sobre Marcas, Patentes, Licencias y Regalías”, que contempla el régimen aplicable a la inversi...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Guevara Paredes, Melisa
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2014
Institución:Pontificia Universidad Católica del Perú
Repositorio:PUCP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.pucp.edu.pe:20.500.14657/143704
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.12404/5641
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Contratos informáticos
Comercio electrónico
Contratos comerciales
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:En el Perú, la normativa aplicable a los contratos de transferencia tecnológica se encuentra regulada por la Decisión 291 de la Comunidad Andina, “Régimen Común de Tratamiento a los Capitales Extranjeros y sobre Marcas, Patentes, Licencias y Regalías”, que contempla el régimen aplicable a la inversión extranjera directa (IED) o de inversionistas de países miembros de la CAN. Esta normativa regula, de manera general, la transferencia de tecnologías foráneas; sin embargo, respecto de la tecnología desarrollada en las universidades y centros de investigación nacionales, ante la ausencia de una regulación especializada en la materia, se aplican normas dispersas en distintas especialidades tales como Derecho Societario, Derecho de la Propiedad Intelectual, Derecho Civil, Derecho Administrativo, etc., que no contribuyen a promover la transferencia tecnológica al sector empresarial sino, más bien, fomentan una libertad contractual asimétrica. La asimetría existente se pone en evidencia durante las negociaciones de los procesos de transferencia tecnológica entre universidad y empresa lo cual, sumado a la ausencia de normas promotoras y reguladoras de dicha vinculación, ocasiona faltas de reconocimiento y evaluación en prospectiva de la valía e importancia de las investigaciones universitarias, promoviendo conductas poco favorables hacia la universidad y sus investigadores. La asimetría genera la aceptación de condiciones contractuales inadecuadas para los centros de investigación e, inclusive, la no suscripción de contratos y, por ende, la informalidad en los procesos de transferencia (sin contrato) o la preferencia por la importación de tecnologías, ante la desconfianza mutua.
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