La administración de bienes y servicios comunes de inmuebles sujetos al régimen de propiedad exclusiva y propiedad común

Descripción del Articulo

En el presente estudio se desarrollan algunos temas sobre la administración de los inmuebles sujetos al régimen de propiedad exclusiva y propiedad común con el objetivo de determinar si es factible que las zonas comunes de las edificaciones sean de propiedad de un tercero distinto a los propietarios...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Esquivel Oviedo, Juan Carlos
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2020
Institución:Pontificia Universidad Católica del Perú
Repositorio:PUCP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.pucp.edu.pe:20.500.14657/176636
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.12404/19149
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Propiedad horizontal--Perú
Edificios--Administración
Edificios--Mantenimiento
Empresas de servicios
http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:En el presente estudio se desarrollan algunos temas sobre la administración de los inmuebles sujetos al régimen de propiedad exclusiva y propiedad común con el objetivo de determinar si es factible que las zonas comunes de las edificaciones sean de propiedad de un tercero distinto a los propietarios de las secciones de exclusivas quien a su vez sería responsable de brindar los servicios comunes. El tema por desarrollar se debe a que la administración de los bienes y servicios comunes generalmente es encargada a uno de los miembros de la junta de propietarios, quien generalmente no tienen ninguna experiencia en la administración de bienes ocasionando el deterioro de los bienes y por consiguiente la mala calidad de los servicios comunes. La actual regulación de los bienes comunes impide una administración eficiente de las zonas y servicios comunes ya que al no poderse transferir todas las zonas comunes se desalienta la inversión y el desarrollo de empresas administradoras quienes responderían por la seguridad, orden, limpieza y mantenimiento de los bienes y servicios de la unidad inmobiliaria, lo que contribuirá a que los inmuebles que conforman la unidad adquieran un mayor valor. Así, la hipótesis que se plantea es que todos los bienes que tienen la naturaleza de comunes sean de propiedad de la persona que los administra, lo que a su vez limitará la responsabilidad de los propietarios en cuanto a las obligaciones que asuma el administrador.
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