Informe Jurídico del Pleno Sentencia 910/2021, Expediente 00004-2021- PI/TC “Caso de la formalización del transporte terrestre de pasajeros en automóviles colectivos"

Descripción del Articulo

El presente informe jurídico tiene como objetivo analizar la inconstitucionalidad de la Ley Nº 31096, “Ley que precisa los alcances de la Ley 28972, Ley que establece la formalización del transporte terrestre de pasajeros en automóviles colectivos”, en el marco del proceso de inconstitucionalidad an...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Ticona Centeno, Carolina del Rosario
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2023
Institución:Pontificia Universidad Católica del Perú
Repositorio:PUCP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.pucp.edu.pe:20.500.14657/195155
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.12404/25655
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Protección del consumidor--Legislación--Perú
Transporte--Legislación--Perú
Tribunales constitucionales--Jurisprudencia
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:El presente informe jurídico tiene como objetivo analizar la inconstitucionalidad de la Ley Nº 31096, “Ley que precisa los alcances de la Ley 28972, Ley que establece la formalización del transporte terrestre de pasajeros en automóviles colectivos”, en el marco del proceso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional, recaído en el Expediente 00004-2021-PI/TC, a través de los votos singulares de los miembros del Tribunal, planteándose como problema principal si la citada ley incurre en inconstitucionalidad por vicios de forma o fondo. A partir de ello, se presentan problemas secundarios divididos en temas procedimentales y materiales. Este caso presenta gran relevancia jurídica por la controversia que se deriva del análisis de inconstitucionalidad sobre la citada ley: por un lado, el principioderecho a la dignidad humana, derechos a la vida, salud e integridad personal, así como al derecho al medio ambiente; y por otro, el derecho a la libertad de empresa y al trabajo, lo que se ve reflejado en los votos de los magistrados del Tribunal Constitucional. A partir de los problemas planteados, la postura asumida es aquella señala que la demanda debió declarase fundada en parte, y como consecuencia, declararse la inconstitucionalidad de la referida ley; debido a que la referida ley vulnera los derechos de los consumidores y usuarios sobre la protección de sus derechos fundamentales de la salud, la vida, la integridad, así como el derecho a un medio ambiente sano y equilibrado. Asimismo, se ha advertido que debió incluirse la técnica del test de ponderación en la evaluación de la intervención normativa de la citada ley. Para el análisis del caso, se tomará como base las posiciones de las partes con la normativa nacional y el marco normativo internacional, jurisprudencial del Tribunal Constitucional, así como datos estadísticos contenidos en informes estudiados en los votos de los magistrados del Tribunal Constitucional para el presente caso.
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