APLICACIÓN DE UNA METODOLOGÍA PROACTIVA DE CONTROL CONCURRENTE EN ENTIDADES PÚBLICAS

Descripción del Articulo

Esta investigación se realizó con la finalidad de identificar la aplicación del Control Interno en las entidades del Estado, en cumplimiento con la disposición normativa según la Ley 27785, Ley orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República (23/07/2002), para pr...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Vera Flor, Luzmila
Formato: artículo
Fecha de Publicación:2019
Institución:Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann
Repositorio:Revistas - Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:revistas.unjbg.edu.pe:article/763
Enlace del recurso:https://revistas.unjbg.edu.pe/index.php/vyh/article/view/763
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Administración pública
Control interno
Descripción
Sumario:Esta investigación se realizó con la finalidad de identificar la aplicación del Control Interno en las entidades del Estado, en cumplimiento con la disposición normativa según la Ley 27785, Ley orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República (23/07/2002), para prevenir riesgos que afecten los objetivos institucionales y a fin de que se adopten las acciones correctivas que correspondan. Las Normas Generales de Control Gubernamental, aprobadas por R.C. Nº 273-2014-CG, disponen que el control simultáneo (Directiva Nº 017-2016-CG/DPROCAL, R.C. Nº 432-2016-CG), se puede llevar a cabo mediante otra modalidad de control denominado Control Concurrente para la Reconstrucción con Cambios —sustentado mediante la Directiva Nº 005-2017-CG/DPROCAL y la R.C Nº 405-2017-CG— con el propósito de contribuir oportunamente con la correcta, eficiente y transparente utilización y gestión de los recursos y bienes del Estado. Asimismo, la Ley 30556, numeral 7.4, señala que los procesos de contratación de bienes, servicios, obras y consultorías ejecutados por las entidades públicas dentro del marco de la Ley 30225, Ley de contrataciones del Estado, están sujetos a procedimientos de control gubernamental, siendo uno de ellos el control concurrente; para tal efecto la Contraloría General de la República aprueba un Plan de acción de Control.
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