Tercerización laboral y contrato de gerenciamiento: una relación compleja
Descripción del Articulo
La gerencia de una sociedad en Perú juega un rol vital en su éxito presente y futuro, con responsabilidades que incluyen su gestión diaria y cotidiana, bajo directrices establecidas por el directorio (de existir) y la junta general de accionistas. Con el fin de garantizar un gerenciamiento idóneo, l...
| Autor: | |
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| Formato: | tesis de grado |
| Fecha de Publicación: | 2024 |
| Institución: | Pontificia Universidad Católica del Perú |
| Repositorio: | PUCP-Tesis |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:tesis.pucp.edu.pe:20.500.12404/30353 |
| Enlace del recurso: | http://hdl.handle.net/20.500.12404/30353 |
| Nivel de acceso: | acceso abierto |
| Materia: | Subcontratación--Perú Empresas--Dirección y administración Contratos de trabajo--Perú Derecho societario--Perú https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
| Sumario: | La gerencia de una sociedad en Perú juega un rol vital en su éxito presente y futuro, con responsabilidades que incluyen su gestión diaria y cotidiana, bajo directrices establecidas por el directorio (de existir) y la junta general de accionistas. Con el fin de garantizar un gerenciamiento idóneo, la legislación societaria permite que la gerencia sea encargada a una persona natural o jurídica, exigiendo en este último caso que la sociedad gerenciante designe a una persona natural para que ejerza la representación de la sociedad gerenciada. Por su lado, la regulación laboral sobre tercerización de servicios plantea desafíos al aplicarse al contrato de gerenciamiento, dado que la designación de una persona natural como representante de la sociedad gerenciada debe compatibilizarse con el requisito de que la sociedad gerenciante mantenga exclusiva subordinación sobre su personal, para no comprometer la validez del contrato como supuesto de tercerización. Para algunos autores, en todos los casos tal persona natural se encontraría subordinada a la sociedad gerenciada. Sin embargo, a partir del análisis de la figura del contrato de gerencia regulado por la norma societaria y de la regulación sobre tercerización laboral, en el presente artículo se concluye que este servicio puede estructurarse de forma que el gerenciamiento se externalice íntegra y autónomamente a la gerenciante. Dicho de otro modo, se postula que la persona natural que es designada representante de la gerenciada debe mantenerse bajo la exclusiva subordinación de su empleadora (la gerenciante), para que la tercerización sea válida y no se desnaturalice. |
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La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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