Una interpretación constitucional de la protección al consumidor

Descripción del Articulo

La protección al consumidor es uno de los aspectos más relevantes el desarrollo del mercado. Constitucionalmente, obliga al Estado peruano a desarrollar normativa e implementar instituciones orientadas a evitar que la asimetría informativa entre lo consumidores y los proveedores genere el aprovecham...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Zambrano Balbin, Edwin Alexander
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2024
Institución:Pontificia Universidad Católica del Perú
Repositorio:PUCP-Tesis
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:tesis.pucp.edu.pe:20.500.12404/30526
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.12404/30526
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Protección del consumidor--Legislación--Perú
Consumidores--Protección--Derecho
Usuarios--Protección--Derecho--Perú
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:La protección al consumidor es uno de los aspectos más relevantes el desarrollo del mercado. Constitucionalmente, obliga al Estado peruano a desarrollar normativa e implementar instituciones orientadas a evitar que la asimetría informativa entre lo consumidores y los proveedores genere el aprovechamiento de los segundos sobre los primeros. Sin embargo, cuando dicha protección excede los límites constitucionales, deja de convertirse en la defensa de los intereses de los consumidores y puede transformarse en una forma de paternalismo que, finalmente, afecta otros principios constitucionales, tales como el de la dignidad humana. Por este principio, el Estado no puede interferir en la autodeterminación de las personas, la cual, a su vez, sustenta los demás derechos fundamentales que el ordenamiento protege. En tanto dicha autodeterminación es el pilar fundamental del constitucionalismo peruano, no cabe que sea lesionada por la protección al consumidor. Ello implicaría que distintas secciones de la Constitución entran en conflicto entre ellas, lo cual debe solucionarse bajo una interpretación armónica y de concordancia práctica. Con esos fines, existe al principio del consumidor razonable, el cual, como límite a la protección al consumidor que actúa de forma poco diligente en sus actividades de consumo, tiene más que un fundamento económico. Dicho principio evita que la protección al consumidor se convierta en paternalismo, eximiendo a los consumidores de las consecuencias de sus propios errores, cuando estos no han sido inducidos por asimetría informativa, sino por su propia autodeterminación.
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