Vulneración del principio de interés Superior del niño y su relación con el régimen de visitas en el distrito de Cieneguilla, 2024

Descripción del Articulo

El presente estudio determina la relación que existe entre la vulneración del principio de interés superior del niño y el régimen de visitas en el distrito de Cieneguilla, 2024. En relación con la metodología empleada, se llevó a cabo un estudio de tipo básico, con un nivel correlacional, de enfoque...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autores: Espinoza Vega Nelson Nelton, Soberon Escobar Walter
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2025
Institución:Universidad Autónoma de Ica
Repositorio:AUTONOMADEICA-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.autonomadeica.edu.pe:20.500.14441/3034
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.14441/3034
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Vulneración del principio de interés superior del niño
Régimen de visitas
Derechos fundamentales del menor
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:El presente estudio determina la relación que existe entre la vulneración del principio de interés superior del niño y el régimen de visitas en el distrito de Cieneguilla, 2024. En relación con la metodología empleada, se llevó a cabo un estudio de tipo básico, con un nivel correlacional, de enfoque cuantitativo y diseño no experimental. La investigación contó con la participación de una muestra de 50 abogados especializados en derecho de familia. El muestreo realizado fue de tipo no probabilístico. Asimismo, se utilizó la técnica de encuesta, empleando dos cuestionarios como instrumento, y el análisis de los datos se llevó a cabo mediante el software estadístico SPSS versión 26. De los resultados obtenidos de la variable 1, se tuvo como valores que el 72,5%, de los encuestados manifestó que existe vulnerabilidad de los derechos fundamentales en el menor, mientras que el 22,5% señaló la desprotección de principios tutelares y un 5% opinó estar en desacuerdo. Asimismo, de la contrastación de ambas hipótesis se obtuvo como resultado un (rho = 0,712), lo que indica una correlación positiva alta entre las variables examinadas. Se concluye que el Sistema Judicial tiene la obligación de garantizar que el régimen de visitas fomente el bienestar integral del niño, previniendo cualquier circunstancia que pudiera perjudicarlo física o emocionalmente, lo que conlleva a que los progenitores sean responsables en la toma de sus decisiones.
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