(2021). R. N° 136-2020/SDC-INDECOPI Revocan la Res. N° 0152-2018/CDBINDECOPI que resolvió imponer derechos compensatorios definitivos sobre importaciones al Perú de etanol, en forma de alcohol etílico desnaturalizado (carburante) o de alcohol etílico anhidro sin desnaturalizar con un máximo de 0.5% de contenido de humedad, originario de los EE.UU. y, en tal sentido, se suprimen los mencionados derechos.
Citación estilo ChicagoR. N° 136-2020/SDC-INDECOPI Revocan La Res. N° 0152-2018/CDBINDECOPI Que Resolvió Imponer Derechos Compensatorios Definitivos Sobre Importaciones Al Perú De Etanol, En Forma De Alcohol Etílico Desnaturalizado (carburante) O De Alcohol Etílico Anhidro Sin Desnaturalizar Con Un Máximo De 0.5% De Contenido De Humedad, Originario De Los EE.UU. Y, En Tal Sentido, Se Suprimen Los Mencionados Derechos. 2021.
Cita MLAR. N° 136-2020/SDC-INDECOPI Revocan La Res. N° 0152-2018/CDBINDECOPI Que Resolvió Imponer Derechos Compensatorios Definitivos Sobre Importaciones Al Perú De Etanol, En Forma De Alcohol Etílico Desnaturalizado (carburante) O De Alcohol Etílico Anhidro Sin Desnaturalizar Con Un Máximo De 0.5% De Contenido De Humedad, Originario De Los EE.UU. Y, En Tal Sentido, Se Suprimen Los Mencionados Derechos. 2021.