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tesis de grado
Publicado 2020
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Teniendo en cuenta que para que se establezca el delito por lavado de activos debe existir una actividad criminal anterior, mencionando que la actividad criminal previa puede ser típico, jurídico y no culpable pero referido a un delito en específico, puesto que de todas maneras se considera un hecho delictivo que dio origen al bien maculado objeto de lavado para dar apariencia de legalidad, de este modo el fiscal debe determinar el origen ilícito para establecer que el sujeto cometió el delito de lavado de activos procedente de una actividad criminal. A pesar de ello la sentencia plenaria 1-2017 estableció en la parte resolutiva considerando 29 apartado D) que “basta la acreditación de la actividad criminal de modo genérico” la cual se contradice con el apartado F) donde se menciona que “la sentencia condenatoria requiere elementos de prueba más allá de toda razonable” ...