Informe Jurídico sobre la Casación N° 7029-2017-Cajamarca

Descripción del Articulo

Las sanciones administrativas disciplinarias en la Policía Nacional se rigen de conformidad a la Constitución Política del Perú y otras normas relacionadas a la materia, así como el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 – Ley de Procedimiento Administrativo General, destinados a establecer procedi...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Correa Huayta, Elvis Ronaldo
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2025
Institución:Universidad Privada Norbert Wiener
Repositorio:UWIENER-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uwiener.edu.pe:20.500.13053/13430
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.13053/13430
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Régimen jurídico
Policía
Crimen
Legal systems
Police
Crime
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.02
ODS 16: Paz, justicia e instituciones sólidas. Promover sociedades pacíficas e inclusivas para el desarrollo sostenible, facilitar el acceso a la justicia para todos y construir a todos los niveles instituciones eficaces e inclusivas que rindan cuentas
Descripción
Sumario:Las sanciones administrativas disciplinarias en la Policía Nacional se rigen de conformidad a la Constitución Política del Perú y otras normas relacionadas a la materia, así como el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 – Ley de Procedimiento Administrativo General, destinados a establecer procedimientos y normas en el ámbito disciplinario para ordenar, cautelar e imponer sanciones a todas las infracciones disciplinarias que se encuentren tipificadas en la tabla de infracciones de la Ley Nº 29356 – Ley de Régimen Disciplinario de la PNP (Ley Nº 29356 – RD. PNP.). En este presente informe jurídico se analizará la conducta infractora disciplinaria del demandante en su calidad de Mayor de la PNP, la sentencia emitida por primera instancia y la infracción normativa recaído en la Casación N° 7029-2017-Cajamarca, en el proceso contencioso administrativo, teniendo como demandante al Mayor de la PNP Luis Enrique Villareal Santa María, al haber cometido la infracción muy grave a la Ley Nº 29356 – RD. PNP, pues al encontrarse casado con la Señora Kelly Consuelo Nuñez Ibañez, había mantenido una relación sentimental y extramatrimonial con la Señora Lucia Vega Vidarte, generando escándalo y menoscabo a la Imagen Institucional de la PNP. Respecto al proceso judicial, el Juez de primera instancia declara infundada la demanda del administrado, seguidamente la Sala Superior declara fundada su demanda disponiendo la nulidad de la Resolución administrativa mediante la cual se le imponía el Código de Infracción MG – 64, de la Tabla de Infracciones y Sanciones de la Ley Nº 29356 – RD. PNP, que indica “el efectivo policial que mantiene relaciones extramatrimoniales y como consecuencia generen escándalo que perjudiquen y menoscaben el bien jurídico protegido como la imagen institucional” se le sancionara con pase a disponibilidad en un periodo de uno a dos años, en tal sentido el Ministerio del Interior como parte demandada interpone el recurso de casación de conformidad al artículo 384 del Código Procesal Civil, en contra de la sentencia emitida por la Sala Superior, por la inaplicación de la citada Ley. Finalmente, la primera sala de derecho constitucional y social transitoria, luego de evaluar todo lo actuado, declara fundado el recurso de casación, casando la sentencia emitida en Sala Superior y confirmando la sentencia emitida en primera instancia.
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