Caducidad y responsabilidad civil del gerente son dos años de acuerdo a la Ley General de Sociedades 26887-Arequipa-2021

Descripción del Articulo

La investigación estuvo relacionado a la caducidad respecto a la responsabilidad de los directores gerentes conforme así lo señala el artículo 197 respecto a la caducidad que son dos años de acuerdo a la ley general de sociedades 26887; lo cual deja en un estado de inseguridad jurídica a los propiet...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Alvarado Zavala, Christian Bryan
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2021
Institución:Universidad Cesar Vallejo
Repositorio:UCV-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/66210
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12692/66210
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Caducidad y responsabilidad
Gestión pública
Caducidad
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:La investigación estuvo relacionado a la caducidad respecto a la responsabilidad de los directores gerentes conforme así lo señala el artículo 197 respecto a la caducidad que son dos años de acuerdo a la ley general de sociedades 26887; lo cual deja en un estado de inseguridad jurídica a los propietarios o socios de la empresa, inclusive a los terceros quienes tienen interés, no es posible contar con los medios probatorios y la certeza de la defraudación o inclusive de actos jurídicos que el anterior director gerente pueda haber ejercido en su condición de la representación que en varias oportunidades son los denominados vicios ocultos otro de los factores es que los accionistas al realizar los balances contables donde no figura dicho acto jurídico porque está oculto. La conclusiones que se ha obtenido fue que el tiempo establecido en el artículo 197 de la Ley General de Sociedades los dos años no son suficientes para poder accionar contra el gerente porque los medios probatorios no son fáciles de poder obtenerlos como lo señala la Ley General de Sociedades en concordancia con el código civil, dichas conclusiones son en base a las entrevistas efectuadas a los especialista en la materia.
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