Análisis Jurídico de la Prueba indiciaria en el delito fuente como medio probatorio para el delito de Lavado de Activos en el Artículo 10 del Decreto Legislativo N°1106. Arequipa

Descripción del Articulo

El problema de investigación radica en la importancia de la valoración de los indicios como prueba indiciaria en el delito fuente para que constituya medio probatorio para la configuración del delito de lavado de activos, puesto que en la interpretación de la autonomía del lavado de activos establec...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Apaza Briceño, Yanela Alexandra
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2016
Institución:Universidad Alas Peruanas
Repositorio:UAP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uap.edu.pe:20.500.12990/346
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12990/346
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Prueba indiciaria
Delito fuente
Lavado de Activos
http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:El problema de investigación radica en la importancia de la valoración de los indicios como prueba indiciaria en el delito fuente para que constituya medio probatorio para la configuración del delito de lavado de activos, puesto que en la interpretación de la autonomía del lavado de activos establece que el delito fuente no tiene conexión probatoria con el delito de lavado de activos, por tanto es probable que la existencia de indicios razonable puede determinar la procedencia ilícita o interpretación subjetiva del delito como requisito que configure la tipicidad del delito de lavado de activos. En la presente investigación se aplica le método explicativo para establecer la conexión que existente en la configuración de lavado de activos con el delito fuente por medio de indicios que demuestren su procedencia fehacientemente ilícita. Se tiene que el delito de lavado de activos se establece como delito autónomo de ilícito anterior el cual como cualquier ilícito debe ser antijurídico, típico, culpable y punible, asimismo hace referencia como elementos objetivos que la conducta del autor en convertir, transferir, ocultar, tener, transportar, y trasladar dineros, bienes, efectos, o ganancias, como se establece en la normatividad, que enmarca su procedencia dentro de organización criminal delitos tales como el Tráfico Ilícito de Drogas, minería ilegal, el terrorismo, delitos contra la Administración Publica, el secuestro, el proxenetismo, la trata de personas, el trafico ilícito de armas, tráfico ilícito de migrantes, los delitos tributarios, la extorsión, el robo, delito aduaneros y delitos que generen ganancias ilegales; puesto que se tiene que tener en cuenta la interpretación subjetiva, siendo que hace referencia de la procedencia de los bienes, dineros, ganancias o efectos, proviene de un acto ilícito lo cual el ordenamiento jurídico establece no ser necesario la sentencia firme por un delito previo.
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