El Derecho y la responsabilidad socioambiental

Descripción del Articulo

El autor enfoca la responsabilidad social desde el ángulo jurídico dado que se pueden dar imputaciones por el incumplimiento de las obligaciones. De esta manera, se inicia el artículo mostrando los antecedentes de la RS en la que sufrió un cambio de paradigma del concepto altruista o filantrópico al...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Foy Valencia, Pierre
Formato: artículo
Fecha de Publicación:2010
Institución:Universidad de Lima
Repositorio:ULIMA-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ulima.edu.pe:20.500.12724/23231
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12724/23231
https://doi.org/10.18800/derechopucp.201001.013
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Pendiente
Descripción
Sumario:El autor enfoca la responsabilidad social desde el ángulo jurídico dado que se pueden dar imputaciones por el incumplimiento de las obligaciones. De esta manera, se inicia el artículo mostrando los antecedentes de la RS en la que sufrió un cambio de paradigma del concepto altruista o filantrópico al concepto socioambiental. El mencionado cambio muestra que la RS no solo corresponde a los intereses de la empresa- shareholders- sino también se involucra a todos los miembros de la empresa- stakeholders. Segundo, el autor explora las distintas definiciones del concepto de responsabilidad social incluyendo los enfoques del Libro Verde, Red Forum y otros aportes de la comunidad internacional. Ahora bien, es importante resaltar la interrelación entre la responsabilidad socio-ambiental y el Derecho. En consecuencia, se hará mención a la legislación y jurisprudencia nacional en la medida de que contribuyan a un adecuado maro constitucional sobre el tema en mención. En función a ello, el autor hace énfasis en resaltar que la estabilidad de la empresa no solo se genere desde el Estado sino también desde la participación de las mismas empresas que deben ser los protagonistas. Sumado a ello, esta la normativa infraconstitucional en la que se destaca la Ley General del Ambiente. Por último, el autor comenta tres mecanismos para motivar al sector empresarial: normas con estándares de rendimiento de tecnología, autorregulación económica, instrumentos económicos en la intervención gubernamental. En conclusión, el autor propone que tanto las normas jurídicas y como las normas voluntarias deben ser observadas desde pautas jurídicas con el objetivo de ir más allá de la normatividad aplicable.
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