Iraita Villasante, P. C. (2024). ¿Los medios probatorios calificados como extemporáneos en base a lo previsto en los artículos 141° y 148° del código tributario deben ser valorados en el proceso contencioso administrativo?
Citación estilo ChicagoIraita Villasante, Paolo César. ¿Los Medios Probatorios Calificados Como Extemporáneos En Base a Lo Previsto En Los Artículos 141° Y 148° Del Código Tributario Deben Ser Valorados En El Proceso Contencioso Administrativo? 2024.
Cita MLAIraita Villasante, Paolo César. ¿Los Medios Probatorios Calificados Como Extemporáneos En Base a Lo Previsto En Los Artículos 141° Y 148° Del Código Tributario Deben Ser Valorados En El Proceso Contencioso Administrativo? 2024.